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Trabajadores del campo y sus derechos laborales

24m 45s

Trabajadores del campo y sus derechos laborales

El podcast discute la situación laboral de los trabajadores del campo en México, destacando su importancia social y las precarias condiciones que enfrentan. Se explica que son quienes realizan actividades primarias en zonas rurales, como agricultura y ganadería. La reforma legal de enero de 2024 introduce protecciones clave: jornadas reguladas, salario mínimo profesional (incluso en pagos por destajo), y pago semanal preferentemente en efectivo. Los patrones deben proporcionar alimentación sana, vivienda con servicios básicos, agua potable, botiquines de primeros auxilios y acceso a seguridad social. Se enfatiza la lucha contra el trabajo infantil y la explotación, promoviendo escuelas rurales. A pesar de los avances, persisten desafíos como la lejanía de servicios de salud, barreras lingüísticas y la necesidad de sensibilización para garantizar el cumplimiento de la ley. Se recomienda a trabajadores y empleadores informarse sobre estos derechos para mejorar las condiciones laborales en el campo.

Transcription

3400 Words, 19454 Characters

Spanish
Y DC traí para ti, brujo la legal, un podcast de YDC. Los trabajadores del campo juegan un papel muy relevante dentro de nuestra sociedad, ya que son los responsables de producir los alimentos que consumimos día con día. Y aunque son muy importantes o la labor que hacen es muy relevante para nosotros, muchas veces no nos damos cuenta de las condiciones tan precarias a las que están expuestos. Por eso, hoy nos acompaña la editora de la sección del laboral de YDC, Rosario Pérez, abordar los promenores sobre este tema. Rosario muchas gracias por estar con nosotros. Y bueno, después de arte, la bienvenida me gustaría que abrieras esta conversación explicándonos que son los trabajadores del campo o a quienes les puede considerar trabajadores del campo. Claro que sí, Nancy, los trabajadores del campo en general podemos determinar que son aquellos que prestan sus servicios personal subordinados a un patrón, pero que ejercentareas que van en la obtención de alimentos o bien de un producto primario. Entonces podemos entender que son los agricultores, los ganaderos, pero también podemos hablar de lámbito en pesca, en la pintura. Entonces ellos también son considerados trabajadores del campo. Y ahora la ley nos recalca ahí en el artículo correspondiente que son aquellos que, además, estas tareas las ejercen dentro del ámbito rural, no solamente ellos, son los trabajadores del campo. Buscas respuestas, confiables y soluciones prácticas a tus problemas diarios, entonces, y de ese digital es para ti. Suscríbete al 55-44-43-34 y no pierdas la oportunidad de estar al tanto de las últimas tendencias legales y tome las mejores decisiones para tu empresa. O sea, si alguien, por ejemplo, realiza actividades que ya mencionadas, actividades primarias, pero en la ciudad no podrían considerarse trabajadores del campo. Sí, se entiende en esta nueva definición que nos da ahora la ley, que efectivamente los que están en la ciudad, no sé, por ejemplo, en un invernadero, ellos ya no pudieran ser catégolas, así es, perdón, en el ámbito de trabajador del campo. Y además, nos habla también de otras cuestiones. Entendemos que va desde la preparación de la Tierra, o sea, el trabajador del campo es el que interviene desde la preparación de la Tierra, hasta antes de su comercialización. Entonces, ya deja fuera a aquellos trabajadores que se dediquen a la empaque, a la venta, o viena la transformación a lo mejor de un fruto para esa comercialización. De acuerdo, ahora los trabajadores del campo tienen como alguna, digamos, jornada en específico. O, por ejemplo, no sé si se me ocurre que hay personas que pueden ganar por dependiendo cuánto cosechen, o si tienen que cumplir un tiempo determinado de trabajo, no sé cómo funciona. Ok, y como tal, iguales aplicadas, las mismas reglas que todo trabajador, las jornadas diurna, mi chstar, no turna, con las limitantes que nos señala la leza del trabajo. Y, si se establece, por ejemplo, el pago a destajo, que es por fruto al mejor cosechado, ahí lo que nos dice la ley es que se debe de cuidar, que se gane por lo menos el salario mínimo, aunque sea en destajo, se tiene que cuidar. O bien por hora, igual, se remarca que siempre tienen que ganar el salario mínimo, que además tiene que ser un salario mínimo profesional dirigido a los trabajadores del campo. De acuerdo. ¿Qué sucede, por ejemplo, con aquellos trabajadores que están, pues casi casi de sola sola, o sea, no tienen realmente como un horario fijo, ¿no? A lo mejor es hasta que terminen, a lo mejor hasta que alguien bailes dice ya hasta ahí. O sea, ¿qué sucede con ese tipo de trabajadores? Precisamente, bueno, la reforma que se dio en enero del 2024, sobre este ámbito del trabajador del campo, va encaminado a ya proteger de forma más amplia los trabajadores, porque sabemos que elaboran en condiciones precarias, que muchos de ellos laboran jornadas excesivas. Entonces, lo que quiere ya es radicarse de esas condiciones, sabemos que faltará a lo mejor, a lo mejor, más programas para vigilar que se cumplen las limitantes de los horarios, pero soy ya no tendría porque ya ser tema actual, ¿no? Tendríamos que sensibilizar a los patrones, a cumplir con estas condiciones, estas limitantes, para que ya los trabajadores ya no tengan que elaborar del sol a sol, o que incluso perciban el salario mínimo, sabemos que dentro de este grupo de trabajadores del campo, elaboran muchos de los grupos indígenas, o incluso hay mucho de personas, trabajo forzado, trabajo infantil, que son sometidos a estas condiciones de jornadas que van, o que pareciera que no tienen fin, pero tenemos que sensibilizar, y eso va a esta reforma de evitar estas explotaciones y a los trabajadores del campo. Me gustaría ser un parente si se ahí mencionabas, por ejemplo, el tema de la trata de personas, ¿no? Sí, de por sí se te ven a cumplir, digamos, ciertos horarios, o ciertas condiciones, hablas, por ejemplo, de cuando llevan a trabajar a menores, los menores también pueden trabajar en el campo. No hay una prohibición de que los menores de 18 años no deben de trabajar en el campo, o no tienen que hacer tareas, lo precisa con tareas agrícolas o actividades agrícolas, ahí sí no se especifica que no pueden elaborar, y precisamente va a esa situación, muchos de los trabajadores por costumbre, o mal costumbre, llevan a sus hijos a elaborar, y eso ya tendría que radicarse, incluso uno de los cambios, o uno de los refuerzos que se hacen en la reforma es que también se incentive que haya escuelas o que se establezcan escuelas cercanas a lo mejor para los niños, para los menores de edad, entonces eso es lo que tendría que, o eso va en este sentido, para ya disminuir el trabajo infantil. De acuerdo, ahora hablando, por ejemplo, de este tipo de, no sé si llamarlo beneficios o prestaciones, el tema de la educación, ¿a qué otro tipo de beneficios tendrían acceso y de acuerdo a la ley, los trabajadores del campo, o sea, ¿qué tendría que ofrecerles el empleador, obviamente además del salario y de un horario justo? Por ejemplo, se establece que el patrón, una de sus obligaciones especiales es brindar la alimentación durante la jornada de trabajo, la cual tiene que ser sana, suficiente y adecuada. Esto va también ligado a la nueva ley alimentaria, en donde también nos vuelve a decir que tiene que ser, bueno ahí nos señala que además tiene que ser nutritiva, pero que también tiene que plantearse el patrón, de que debe de tomar en cuenta el esfuerzo que hace el trabajador, por ejemplo, un trabajador del campo, pues necesita más energía para poder hacer sus labores y además tendríamos que evitar que tengan temas más adelante de desnutrición, también el patrón tiene que considerar que debe tener agua suficiente en el lugar de trabajo para consumo humano, y esto sin importar si es para hombres, para mujeres, y siempre debe tener esa obligación. También otro de los beneficios de estas obligaciones especiales es que el patrón no torgue habitación a los trabajadores, las cuales tienen que ser habitables, es un término que nos da que finalmente es que tenga todos los servicios básicos y agua potable, luz, que tenga techo, drenaje, nos habla de labaderos, a lo mejor también la posibilidad de que ellos puedan tener un córral para crear animales ahí, entonces eso son, digamos, uno de los beneficios que se recalcan en la ley para los trabajadores del campo. Por ejemplo, si son trabajadores que viven en el mismo lugar en donde se desarrollan las actividades, el patrón igual es obligado a ofrecerles la vivienda, o es, por ejemplo, para quienes vienen de otros lados. No, esto no hace distinción, tiene que ser para todos los trabajadores, y esto más más encaminado, porque si vemos en la definición que te comentaba, nos habla del ámbito rural, entonces en el ámbito rural pues habla que está al exterior de la ciudad, entonces allá, pues es muy difícil, o difícilmente va a tener el trabajador del campo un lugar donde vivir, entonces por eso se le da al patrón el deber de que otorgue estas habitaciones, una casa al mejor temporal para que ellos puedan estar ahí, y además que igual este cercano al centro de laboral, para que les sea de fácil acceso y no se tengan que preocupar sobre el traslado y, bueno, y además de su familia, estar también viviendo con su familia. En este tipo de situaciones el trabajador puede llevar a su familia, vivir ahí y de igual forma el patrón se hace cargo de brindar las condiciones. De la vivienda así, así es, de hecho, incluso señala que una de las obligaciones es que el patrón esté al tanto a través de la comisión mixta, también nos habla de la comisión mixta de seguridad y giene, que vaya y revise que esa habitación cumpla con esas condiciones de habitabilidad, si hay algún imperfecto que se detecte, pues también se va a hacer cargo de repararlo, incluso, entonces sí, esto es, esa es la protección que ahora se da, porque sabemos que muchos vivienden o a veces ni siquiera tienen un techo donde vivir y se quedan a dormir en el campo, entonces se quiere evitar eso. En temas, por ejemplo, de salud, ellos están asegurados o tienen acceso a, no sé, como un trabajador cualquiera que lleva a su vaso seguro social y demás, los trabajadores del campo de igual forma tienen acceso a eso. Sí, de hecho se recalca, bueno, todos los trabajadores tienen derecho a ser inscritos en el seguro social y aquí se vuelve a reafirmar, no, en los trabajadores del campo deben de ser inscritos en todo momento o tienen que estar asegurados siempre, a lo mejor la desventaja o alguno de los problemas a los que se podrían enfrentar es que muchas veces pues estas instituciones de salud están lejos, ¿no? Entonces aquí, pero no obstante, no deja de ser un impedimento para que el patrón cumpla y además haya beneficios fiscales en materia de seguridad social para los patrones del campo, para que es precisamente para incentivar ese cumplimiento y además que se trate también de acercar a los trabajadores, hacerles de su conocimiento que tienen derecho a esto. Bueno, mencionadas, por ejemplo, que justo en las zonas rurales a veces el acceso a las salud es complicado, ¿no? Sí. Sí, ocurre, por ejemplo, algún accidente o algún contacto o no sé, una picadura, ¿no? De un insect. Sí, claro. A lo mejor no es tan fácil llevar al trabajador a los vital de inmediato, ¿no? Sí. ¿Qué tiene que tener, por ejemplo, el patrón en cuenta en el lugar del trabajo? Sí, bueno, tiene que tener todo, bueno, se señala que debe de tener por lo menos los antidotos, por ejemplo, de una picadura de algún animal. Cómo de animales que regularmente vivan ahí. Sí, exactamente. Sí, entonces sí, tiene que tener eso, la medicina o para poder brindar la tensión básica de en caso de un riesgo o de algo que es ajeno como una enfermedad tropical, la picadura de una lacrán, no sé, pero sí debe de cuidar el patrón de tener esos medicamentos a la mano y además, bueno, también ya hablabas de llevar al trabajadora a esos servicios médicos para que, pues, he atendido como corresponde. Nuestra revista digital te conecta con los mejores recursos y recomendaciones de nuestros especialistas. 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Porque ya sí van a conocer los trabajadores hacia dónde ir, pero a lo mejor la otra problemática que todavía falta de resolver es que hay muchos de los trabajadores que elaboran en el campo, no saben leer o no saben escribir o a lo mejor tampoco hablan español, tienen otra lengua. Entonces, eso es lo que se complica. Si bien también una de las obligaciones especiales es que el patrón tenga un tradutor, en caso de que esto no hablen español, pues a lo mejor a la cubiera la autoridad, pues tendría que plantearse la posibilidad de que ante esa autoridad también existe un tradutor, o sea, también es de ver del patrón, pero también de la autoridad de tratar de que en verdad tengan esa justicia accesible gratuita completa para que puedan exigir algún derecho en material labor. Sí, creo que lo que mencionas es como muy importante porque justamente de pronto parece muy fácil, ¿no? Si estás sufriendo o tienes alguna vulneración, dice esa pues ve con la autoridad, pero bueno, si a tu hablando español quizás se te dificulta ir, pues yo creo que una persona que no puede comunicarse igual es incluso más difícil. Sí, sí. Siguiendo con el tema de las condiciones laborales, ¿cómo funciona, por ejemplo, el pago a los trabajadores? No sé si sea quincenal mensual, semanal, por villas, ¿cómo debe ser ese pago? Aquí tendría que ser un pago semanal, tenemos que recordar que la ley no señala que el pago puede ser semanal o quincenal, ni semanales para trabajos como tal manuales y ya nos dice el resto de los trabajadores y el pago va a ser quincenal o puede ser quincenal. Entonces en este caso los trabajadores del campo pues ejercen una labor manual, entonces tendría que ser semanal y no se plantea como tal en estas obligaciones especiales, pero sí tendría que considerar el patrón que tiene que ser a lo mejor en efectivo, porque hablando de esta lejanía, si le pagamos en una tarjeta pues de aquí a que va la suidad o al pueblo más cercano donde haya este tarjeta, pues no va a tener de inmediato esa remuneración que necesita para solventar las necesidades de su familia. Entonces a lo mejor ahí lo lo recomendables que se haga el pago en efectivo. Ok, y por ejemplo si, bueno hace poco igual le estaba leyendo que pueden llegar como un acuerdo con el empleador en que una parte se le de justamente en efectivo y otra se le deposite como algo en familia. Ah sí también, claro, probablemente pensemos a lo mejor es un trabajador del del campo tiene su familia en el pueblo o en la suidad. Y él se tiene que trasladar solito sin su familia para laborar en el campo. Entonces para poder tener ese sustento o mandar esa remuneración pudiera solicitarle el patrón, dame una parte a mí en efectivo y la otra se la deposita a mi esposa. Y esta suba, este es un número de cuentas. Claro que habría que cuidar que todo este por escrito que le esté manifestando esa solicitud para que se haga valido del porque le estoy pagando a la cuenta de su esposa. Pero sí sí se vale. Finalmente es el trabajador el que tiene ese derecho de disponer de sus soldares. Ok, y bueno, por ejemplo los trabajadores ya mencionábamos como el tema de los horarios en los que pueden trabajar, como es el pago, pero también sabemos que hay trabajadores que no están todo el año y trabajando en el mismo lugar. Entonces a lo mejor es dos veces al año, al principio y al final, no se dependiendo de las temporadas. Hay como funcional tema de las contrataciones y sobre todo de las prestaciones, de los beneficios que tienen. Ok, como tal, bueno, estos se consideran como trabajadores del campo temporales que son contratados por un contrato, como tal de temporada. Aquí sí hay que fijar que cuáles son las temporadas. Y bueno sus prestaciones van encaminadas en el tiempo de la prestación del servicio. Esa va ahí proporcional, a que si nada más elaboró dos meses, en esos dos meses ya generó antigüedad y tendría derecho al pago proporcional de sus vacaciones, de su prima vacacional, de su original lo conforme a lo que hay elaborado, así. Ok, y por ejemplo, siguiendo el ejemplo que nos das trabajado dos meses, hay una pausa porque por equil razón y de repente en seis meses regresa y trabajó otros dos meses, vuelve, o sea, la antigüedad que ya tenía se reactiva o empieza una nueva. No, es bueno, se entendería y aquí hay algo curioso. Sí, es finalmente si es una labor con discontinua o vaya, pero la relación laboral es indefinida. Entonces tendría que entenderse que su antigüedad se va acumulando, no obstante por ahí, ahora en esta reforma nos dice que cuando termine la temporada habría que pagarle el finiquito que corresponda, como una excepción especial para este tipo de trabajadores. Entonces ahí cuando termine la temporada tendría que pagarse su aguinando, prima vacacional, vacaciones y además el patrón le va a dar una constancia de cuánto tiempo es lo que elaboro y de lo que se pagó en materia de seguridad social, pero así tendría que entenderse ahora. Ya acuerdo, pues Rosario antes de despedir, nos me gustaría que a quienes nos están escuchando si ya sea que trabajen en el campo, conozcan a alguien que trabaje ahí, que recomendaciones les harías para estar al pendiente, que se respeten sus derechos, porque tú lo decía al inicio, son trabajadores muy importantes para todos nosotros, pero muchas veces no cuidamos como esa parte de sus condiciones laborales. Claro, pues la recomendación es, bueno, creo que todo abogado, diría, hay que tratar de cumplir con todas estas obligaciones tanto generales como especiales que ahora nos establece la ley, mejor ahorita aquí no las abordamos todos, pero eso sería la recomendación, claro que además cumpliendo, nos evitamos que vaya una inspección, sanciones, fin, entonces eso sería lo mejor la recomendación y cuidar a nuestros trabajadores, en todos estos ámbitos no solo en lo rural, y así tendrían más dudas, igual nosotros tenemos en YDC un tema que habla precisamente de esta reforma que se dio en enero del 2024, por si llegan a tener más dudas, está en el bolitín 549 del 15 de febrero del 2024 y se titula derechos laborales en el campo, y además también aquí en YDC preparamos una especial, que es el primer especial del año, del primer semestre que es tema selecto donde también vamos a abordar que está aquí, que también vamos a abordar, bueno, se vuelva a abordar sobre esta tema para que no les queden ninguna duda de qué va y cuáles son estas nuevas reglas que aplican en el campo. Y recordarles que si tienen como alguna duda ya más puntual o no sé, algo en inquietud, pues pueden encontrar a Rosario o cualquier otro experto de YDC en el área de consultoria, Rosario dínos donde podemos encontrarte. Bueno, además de en consultoria, bueno en la Ikelin, estoy como Nancy Rosario Pérez Verasteguía y me pueden encontrar, y pues igual en YDC hay en el área laboral y de seguridad social pueden encontrar cualquier respuesta a sus dudas, no duden de suscribirse, y pues sería ahí donde nos va a encontrar. Super bien, pues muchísimas gracias, siempre es un placer tenerte con nosotros, muchas gracias a todos los que nos escucharon, nos están viendo, y agradezco a Alan Morgan y a Mancer Ratarroyo, quienes están de trasecámaras y produciendo todo esto, yo soy Nancy Escúcia y me pueden encontrar como @nancyes, va a Nancy Escúcia en todas mis redes sociales, y bueno nos vemos y nos escuchamos en el siguiente capítulo. Esto fue Brújula Legal, un podcast de YDC.

Podcast Summary

Key Points:

  1. Los trabajadores del campo son aquellos que realizan tareas primarias (agricultura, ganadería, pesca) en el ámbito rural, excluyendo actividades urbanas o de transformación/comercialización.
  2. La reforma de enero de 2024 busca protegerlos mejor, estableciendo jornadas limitadas, salario mínimo profesional, pago semanal, y obligaciones especiales para los patrones como proveer alimentación, vivienda habitable y atención médica básica.
  3. Se abordan problemáticas como el trabajo infantil, la explotación laboral, las barreras lingüísticas y el acceso a la justicia, incentivando la escolarización y la presencia de traductores.
  4. Los trabajadores tienen derecho a seguridad social, y los patrones reciben incentivos fiscales para cumplir; además, se regula el trabajo temporal y el pago de prestaciones proporcionales.

Summary:

El podcast discute la situación laboral de los trabajadores del campo en México, destacando su importancia social y las precarias condiciones que enfrentan. Se explica que son quienes realizan actividades primarias en zonas rurales, como agricultura y ganadería. La reforma legal de enero de 2024 introduce protecciones clave: jornadas reguladas, salario mínimo profesional (incluso en pagos por destajo), y pago semanal preferentemente en efectivo.

Los patrones deben proporcionar alimentación sana, vivienda con servicios básicos, agua potable, botiquines de primeros auxilios y acceso a seguridad social. Se enfatiza la lucha contra el trabajo infantil y la explotación, promoviendo escuelas rurales. A pesar de los avances, persisten desafíos como la lejanía de servicios de salud, barreras lingüísticas y la necesidad de sensibilización para garantizar el cumplimiento de la ley.

Se recomienda a trabajadores y empleadores informarse sobre estos derechos para mejorar las condiciones laborales en el campo.

FAQs

Son aquellos que prestan servicios personales subordinados a un patrón en tareas para obtener alimentos o productos primarios, como agricultores, ganaderos o pescadores, y que ejercen estas labores en el ámbito rural.

Aplican las mismas reglas de jornada diurna, mixta o nocturna que a todos los trabajadores. Deben ganar al menos el salario mínimo profesional, ya sea por hora, destajo o cosecha, cuidando siempre este piso salarial.

Debe brindar alimentación sana y suficiente durante la jornada, agua potable, y habitaciones habitables con servicios básicos. También debe tener antídotos y medicamentos básicos a mano para emergencias.

Sí, todos los trabajadores del campo tienen derecho a ser inscritos en el seguro social. Existen beneficios fiscales para patrones que cumplan, incentivando esta protección.

El pago debe ser semanal, por ser una labor manual. Se recomienda que sea en efectivo por la lejanía de zonas rurales, aunque puede acordarse parte en efectivo y parte por depósito.

Son contratados por temporada y sus prestaciones (vacaciones, aguinaldo) son proporcionales al tiempo trabajado. Al terminar la temporada, reciben un finiquito y constancia de lo cotizado en seguridad social.

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