El texto analiza la naturaleza jurídica y aplicación de las cuotas compensatorias en México. Estas no son contribuciones fiscales según el Código Fiscal, pero generan accesorios, lo que plantea un posible conflicto con el artículo 31 constitucional y el principio de legalidad tributaria, ya que son impuestas por la Secretaría de Economía y no por el legislador. Se definen como medidas aplicadas a importaciones en condiciones de prácticas desleales (discriminación de precios o subvenciones), calculándose sobre la diferencia con el valor normal o el monto del subsidio. Existen cuotas provisionales (garantizables) y definitivas, con una vigencia típica de cinco años. Se detallan numerosos ejemplos vigentes, como las aplicadas a bobinas de aluminio, cadenas de acero y moxicilina de la India, destacando que pueden ser generales o específicas por empresa. Finalmente, se mencionan resoluciones de 2022, incluyendo nuevas imposiciones (ej. bicicletas de China) y suspensiones (ej. sulfato de amonio de EE.UU. y China), ilustrando la dinámica constante de estas medidas.
[Música] Hablemos de las cuantas compensatorias. Su naturaleza jurídica corresponde a una aprovechamiento en términos del artículo tercero del código fiscal. Es decir, no tiene el carácter de contribuciones y por ello consideramos que no debieran generar accesorios, ya que no corresponder a ingresos tributarios, de acuerdo al artículo 2 del código fiscal, pues no debieran de generarlos. Sin embargo, siglos generan y para nuestra opinión, consideramos que se contraviene el artículo 31 de la Constitución. [Música] La doctrina es un anime en considerar a este tipo de ingresos como para fiscales, en virtud y que como no son contribuciones, pero si generan accesorios, pues algunas disposiciones legales lo están considerando precisamente como si fueran contribuciones, como si fueran fiscales. El caso de las cuantas compensatorias, lo que advertimos perjuicio del particular, es una falta de seguridad jurídica, toda vez de que ese tipo de ingresos público al generar contribuciones, entonces debieran respetar el principio de legalidad tributaria, lo que significaría que todos los elementos de la cuarta compensatoria debieran de estar previstos en ley, pero sucede que en el caso de la figura que estamos analizando, la tasa con la cuota no la fija el legislador, sino que lo fija la autoridad administrativa a través de la Secretaría de Economía. Por supuesto, quien sigue todo el procedimiento de investigación para imponerlas en la unidad de prácticas del leales de comercio internacional, pero que en publica en el diario oficial de la Federación, la resolución definitiva de las cuantas en la Secretaría de Economía. Por ello coincidimos con el tributarista italiano Andrea Fedele, en el sentido de que cualquier tipo de ingresos público que se le establezca a apagar al contribuyente debiera estar previsto en una ley y debiera de estar emitido por el legislador y no por la autoridad administrativa. Conforme el artículo tercero, fracción tercera de la ley de comercio exterior, definen las cotas compensatorias como aquellas que se aplican a las mercancías importadas en condiciones de discriminación de precios o de subvenciones su país y origen. Detal manera que el equivalente en el caso de la discriminación de precios, es la diferencia entre el valor normal y el precio de exportación y tratándose de subvenciones al mundo del beneficio. Detal manera que si una mercancía vale 100 dólares, pero está subvencionada con un 50% el mundo de la cuota debiera de ser del 50%. Las cotas compensatorias están vigentes desde el momento en que se publican en el diario oficial y entran en vigor al día siguiente. Detal manera que si una mercancía llegara el día de hoy lunes y el día de hoy está vigente, la cuota compensatoria se tendría que pagar. Pero si el día de hoy lunes llegara a la mercancía y la cuota compensatoria se publicó hoy también en el diario oficial no sería aplicable porque entrera en vigor hasta el día de mañana. Existen dos tipos de cotas compensatorias, la provisional y la definitiva. La provisional se puede garantizar en algunas de las formas que establece el artículo 141 del código fiscal, como es el caso de fianza, de prenda, de hipoteca, de carta de crédito. Pero tratándose de la definitiva, esta solo podría garantizarse si se interpone recurso de revocación en comercio exterior. Pero si no se tendría que pagar en todos los casos. Si nosotros traemos una mercancía de un país distinto al que se le aplica la cuota compensatoria, tendríamos que es que probar que es originario de ese país distinto, ejemplo, si nosotros trajéramos a moxicilina de Alemania, es el caso que la moxicilina de la India tiene cuota compensatoria. Para no pagar esta cuota compensatoria tendríamos que demostrar con un certificado de origen que es originaria de Alemania. Existe la ilusión de cuotas compensatorias, la regula del artículo 89, guión B de la ley de comercio exterior, y como ejemplo, puede acontecer que se introducen al territorio nacional, piezas o componentes para ser utilizados en operaciones de montaje de mercancías sujetas a cuotas compensatorias provisionales o definitivas. Imaginemos entonces que traemos todas las partes para armar gatos y graólicos de patín y todas las piezas son originarias de China y aquí lo que hacemos es armar ese gato y graólico con todas las mercancías originarias de China. Este sería un caso de ilusión y de todo modo se tendría que pagar la cuota compensatoria. Cuando las partes consideran que una mercancía también debe de pagar la cuota compensatoria, pero expresamente no estás señalada en la resolución, puede solicitar un procedimiento de cobertura para que la unidad de prácticas de comercio internacional de la Secretaría de Economía revise si efectivamente le debe de aplicar a esta mercancía no incluir expresamente y por lo tanto, si debe de pagar o no la cuota compensatoria. A continuación vamos a ver, bueno, primero el periodo de vigencia de una cuota compensatoria son cinco años, por eso vemos en el diario oficial que de pronto la Secretaría de Economía publica un aviso señalando que se van a extinguir estas fotos compensatorias invitando a aquellas empresas que consideren que se debe de renovar para que aporten pruebas e inician un procedimiento de renovación, pero esto no implica que la autoridad no las pueda revisar de oficí, entonces su vigencia por regla general son cinco años conforme al artículo 67 y 70 de la ley de comercio exterior. Veamos algunos ejemplos de cuotas compensatorias vigentes a la fecha, tenemos las bobinas de papel de aluminio, originarios de China para la fracción arancelaria, 76,07, 11,01, su publicación es del 27 de diciembre del 20, 19 en el diario oficial de la Federación. También tenemos las cadenas de acero deslabones soldados para la fracciona arancelaria, 73,15, 82,02 y aquí se excluye expresamente a las 73,15, 82,01.
Esto fue un examen de renovación publicado en el diario el 17 de julio del 2019 y es para las cadenas de acero originarias de China. También tenemos al ferrocilico-manganeso que se utiliza para fabricar a ser lo más resistente. Esta mercancía está sujeta a Cota Compensatoria en la fraccionarancelaria 70202301. Para las mercancías originarias de Ucrania, el examen de renovación fue el 20 de agosto del 2019 y para las mercancías originarias de la India. Su examen fue el 18 de octubre del 20 de 16. En seguida tenemos a las Mayas de Acero, Otela Galvanizada de Acero en forma de quadrícula, que se publicó el 7 de noviembre del 20 de junio para las originarias de China. Y en las fraccionesarancelarias 73/141902, 19/03 y 31/01. También está la Mayas de Acero de Alambre de Acero en forma exagonal que fue publicada el 3 de julio del 2018 y es para las fraccionesarancelarias 73/1440/41/01 y 73/1440/99. Pasaremos el caso de la noxicilina treidratada cuya fecha de publicación fue el 30 de noviembre del 2018 y la fraccionarancelaria es 29/41/01/12 para las originarias de la India. También están los globos de plástico metalizados, originarios de China y se publicó el 7 de junio del 2018 y corresponde a las fraccionesarancelarias 95/03/0023 y 95/09/99. Está el caso de las torres de Viento originarias de China para la fraccionarancelaria 85/02/31/01/5/20/20. En seguida, tenemos a las soyas de presión de aluminio de la fraccion aerancelaria 76.15, 10.99 originarios de China, publicadas el 26 de diciembre del 20.19. En seguida, tenemos a los gatos idráulicos tipo botella publicado el 16 de enero del 20.21, en la fraccion aerancelaria 84.25, 42.02 originarios de China. Y para concluir, este breve resumen de las puertas vigentes, están los atomizadores de plástico, publicado el 2 de junio del 20.20, en la fraccion aerancelaria 96.16.10.01 de originario de China. Algunas de las puertas compensatorias publicadas en el año 20.21 se refieren, por ejemplo, a los cierres de metal, en la fraccion aerancelaria 96.07.11.01 para las provenientes de China y tienen una cuarta compensatoria de 7.07 dólares por kilogramos y la cuota se publicó o la resolución definitiva se publicó el 6 de enero del 20.21. También ubicamos a los hongos del género agaricuz originarios de China de la fraccion aerancelaria 20.03.10.01, publicada el 7 de mayo del 20.21 y se les impuso de 2.05 dólares por kilogramos neto. También se preve y se una clasificación o separación de una cuarta compensatoria por discriminación de precios de 0.37 dólares por kilogramos para las importaciones originarias de Chile y de 1.1891 por kilogramos neto para las importaciones originarias de China y que sean procedentes de la empresa Calkins Limited y por último de 0.61 dólares por kilogramos neto para todas las demás importaciones originarias de China. Existe también una cuarta compensatoria para los fregaderos de acero de la fraccion aerancelaria 73.24.10.01 que se publicó el 7 de junio del 20.21 y como ya lo dijimos originarios de China, la cuarta compensatoria es de 4.14 dólares por kilogramos neto para las importaciones producidas y provenientes de Taisu, Luquiao, Gisian, Kitchen War Company, Limited y de 5.40 dólares por kilogramos neto para el resto de las importaciones provenientes de las demás exportadoras de China. Bueno entonces nos queda claro que las cotas compensatorias pueden ser generales pero también pueden ser específicas para una empresa determinada estableciendo una cuota y para otra empresa una cuota diferente. Esto depende de la defensa que hagan las empresas que sean venunciadas que realizan prácticas del leal de comercio internacional. Luego entonces este es el resumen de las principales cuotas compensatorias del año 20.21. Alunas de las cotas compensatorias que se impusieron en el año 20.22 se refieren por ejemplo a las bicicletas y demás ve los sípedos incluidos los triciclos de reparto sin motor de la praccionara celaria 8712005 para los provenientes de China. La resolución fue publicada el primero de abril del 20.22 y la cuota compensatoria definitiva es de 13.12 dólares por pieza. También se le impuso cuota compensatoria a los rollos de acero laminados en caliente de la praccionara celaria 72253007 para las provenientes de Alemania de China y de Francia. La resolución fue publicada el 19 de abril del 20.22 y la cuota que se le impuso para Alemania es de 137 dólares por tonelada métrica y para las demás empresas exportadoras de 135.60 dólares también por tonelada métrica y de 354.92 dólares por tonelada métrica para las demás exportadoras que no sean tan chán, iron, anestil group y también existe la cuota compensatoria de 67.54 dólares por tonelada métrica para las provenientes de Arcelor, Metal, Mediterrané, SA, S y por último de 75.59 dólares por tonelada métrica para las demás empresas exportadoras. Por otra parte en el año 20.22 se suspendió la cuota compensatoria
para el sulfato de Amonio, originario de Estados Unidos de América y de la República Popular China, en la fracción arancelaria 31, 02, 21, 01. La resolución fue publicada el 24 de mayo de 20, 22. Esta mercancía tenía una cuota compensatoria de.0759 por kilogramos para la empresa Hanna Igual Resins Chemical y en el caso para las importaciones de las empresas exportadoras de los Estados Unidos de América, tenía una cuota compensatoria de punto 16 de 19. Y para las importaciones provenientes de Gusofeng, Agricultural Science, Technology, tenía una cuota compensatoria de.0929 por kilogramos. Por último, para todas las demás exportadoras de la República Popular China, tenían una cuota de.1703 dólares por kilogramos. Lo cierto es que todas estas cuotas para el sulfato de Amonio fueron suspendidas. También debemos de decir que en el caso de las caladeras de acero y de Samak, de la fracción arancelaria 173, 02, 49, 99, provenientes de China, la resolución se publicó el 15 de junio del 20/22 y se eliminó la cuota compensatoria que tenía de 10.21 dólares de los Estados Unidos de América por kilogramos. También debemos señalar que la seite epoxidado de soya originario de Argentina de la fracción arancelaria 3812.2001, que se publicó el 12 de agosto del 20/22, tiene una cuota compensatoria definitiva de 24.66 por ciento para este tipo de aceite. Digamos a grandes rasgos, estas son las cuotas compensatorias que se establecieron o las resoluciones que salieron en materia de cuotas compensatorias que se publicaron en el año 2022. Concluimos nuestro capítulo con la frase. Busca el conocimiento no para generar riqueza sino para hacer una mejor persona. [Música]
Podcast Summary
Key Points:
Las cuotas compensatorias no son contribuciones fiscales, pero generan accesorios, lo que podría contravenir el artículo 31 constitucional y el principio de legalidad tributaria.
Su aplicación responde a prácticas desleales de comercio (como discriminación de precios o subvenciones) y son establecidas por la Secretaría de Economía, no por el legislador.
Existen cuotas provisionales y definitivas, con reglas específicas de garantía, aplicación, vigencia (generalmente 5 años) y casos especiales como la ilusión de cuotas.
Se presentan múltiples ejemplos vigentes de cuotas aplicadas a diversos productos (como bobinas de aluminio, cadenas de acero, medicamentos) desde diferentes países, principalmente China.
En 2022, se impusieron nuevas cuotas (ej. bicicletas, rollos de acero) y se suspendieron o eliminaron algunas existentes (ej. sulfato de amonio).
Summary:
El texto analiza la naturaleza jurídica y aplicación de las cuotas compensatorias en México. Estas no son contribuciones fiscales según el Código Fiscal, pero generan accesorios, lo que plantea un posible conflicto con el artículo 31 constitucional y el principio de legalidad tributaria, ya que son impuestas por la Secretaría de Economía y no por el legislador. Se definen como medidas aplicadas a importaciones en condiciones de prácticas desleales (discriminación de precios o subvenciones), calculándose sobre la diferencia con el valor normal o el monto del subsidio.
Existen cuotas provisionales (garantizables) y definitivas, con una vigencia típica de cinco años. Se detallan numerosos ejemplos vigentes, como las aplicadas a bobinas de aluminio, cadenas de acero y moxicilina de la India, destacando que pueden ser generales o específicas por empresa. Finalmente, se mencionan resoluciones de 2022, incluyendo nuevas imposiciones (ej.
bicicletas de China) y suspensiones (ej. UU. y China), ilustrando la dinámica constante de estas medidas.
FAQs
Las cuotas compensatorias son aprovechamientos que se aplican a mercancías importadas en condiciones de discriminación de precios o subvenciones. No tienen carácter de contribuciones, por lo que, según el artículo 3 del Código Fiscal, no deberían generar accesorios como ingresos tributarios.
Generan inseguridad jurídica porque, al no ser contribuciones pero producir accesorios, algunas disposiciones legales las tratan como si lo fueran. Además, la tasa no la fija el legislador, sino la autoridad administrativa, contraviniendo el principio de legalidad tributaria.
En caso de discriminación de precios, se calcula como la diferencia entre el valor normal y el precio de exportación. Para subvenciones, equivale al monto del beneficio, por ejemplo, un 50% si una mercancía subvencionada vale 100 dólares.
Entran en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Si una mercancía llega el mismo día de la publicación, la cuota no es aplicable hasta el día siguiente.
Existen cuotas provisionales y definitivas. Las provisionales pueden garantizarse con fianza, prenda, hipoteca o carta de crédito, mientras que las definitivas solo si se interpone un recurso de revocación en comercio exterior; de lo contrario, deben pagarse.
La ilusión ocurre cuando se importan piezas para ensamblar mercancías sujetas a cuotas compensatorias, regulada por el artículo 89-B de la Ley de Comercio Exterior. En estos casos, se debe pagar la cuota compensatoria correspondiente.
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