La transcripción detalla una exposición sobre una reforma legal mexicana en materia de prevención de lavado de dinero. El objetivo central es fortalecer la estabilidad del sistema financiero y proteger la economía nacional, implementando recomendaciones internacionales del GAFI. Una innovación clave es la figura del "beneficiario controlador", definido como la persona física que tiene el control efectivo o se beneficia de una entidad, con obligaciones estrictas de identificación por parte de los sujetos obligados, como notarios, abogados y aseguradoras. La reforma amplía el concepto de "delitos relacionados" para incluir una gama más amplia de ilícitos conexos al lavado de activos. Además, se explica la clasificación de los sectores supervisados y se introducen nuevas exigencias, como la designación de un responsable de cumplimiento para actividades vulnerables, la gestión de riesgos y protocolos específicos para clientes y usuarios, en particular para las Personas Políticamente Expuestas (PEPs). La exposición, de tono técnico, también aborda dudas prácticas sobre la aplicación de estas normas. Intercalados en el texto, hay fragmentos narrativos en inglés que parecen relatar una experiencia personal de violencia, culminando con un mensaje de apoyo contra la violencia doméstica y de género, aunque este contenido no se desarrolla en la parte principal de la disertación jurídica.
Chapter 1 His face seems sweet. Chapter 2 He held my hands as he left the club. Chapter 4 I didn't want to do anything. Chapter 5 I just couldn't stop him. Chapter 6 He can't stop me telling someone. The stories that are hardest to tell need to be told. Let's stop domestic, sexual or gender-based violence being part of anyone's story. For support visit gov.ie/stories a message from Kuhn, a government of our land agency. Chapter 3 He held my hands as he left the club. Chapter 4 He held my hands as he left the club. en distintas cuentas y finalmente reintegrarlo al actividad económico. Aquí el les deje un cuadrito para que ustedes lo pudieran analizar y entonces entramos a la reforma, cuál fue el objetivo de esta gran reforma o de gran calado a la ley, pues básicamente el fortalecer la estabilidad del sistema financiero mexicano, protegerle economía nacional como lo dice nuestra ley en el artículo 2 y básicamente digamos que la supervisión en materia internacional pues está cargo de un organismo que se llama grupo de accion financiera internacional que se crea hace varios años derivado de un grupo de trabajo que se llama el G7 las economías más delante del del mundo se conforme este grupo, México forma parte del del mismo y este grupo se encarga hasta el día de hoy de elaborar políticas o recomendaciones esas recomendaciones que son 40 tienen que aplicarse dentro de los marcos legales de cada país que conforme el grupo de accion financiera internacional. El punto aquí importante digamos es que para efectos de la prevención del abado de dinero la materia normalmente se divide en bueno bueno dicen que en tres y otros en cuatro yo soy de los que me voy con la teoría de cuatro pero no importa porque el final son muy parecidas todos te dicen a ver David se divide en sistema financiero bancario, ese es el primero, el dos es sistema financiero no bancario, cuál es ese, sofómes o fipos uniones de crédito cooperativas, arrendadoras, aseguradoras, afianzadoras, afores, todo eso es no bancario, tres actividades vulnerables que en materia técnica realmente se deberían de denominar actividades y profesiones no financieras designadas así es como normalmente les conocemos pero nuestra ley en el artículo 17 pues se refiere a ellas como actividades vulnerables y hasta inormalmente llega la la clasificación clásica la clasificación un poco más moderna incluye una cuarta que son organizaciones de la sociedad civil que no son ni sistema financiero ni tampoco son actividades vulnerables como tal aunque deberían serlo en su mayoría pero así es como está configurada la ley entonces yo me voy un poquito más a la teoría moderna yo siempre digo que son cuatro pero si alguien dice que son tres no pasa nada es como las teorías de muchas ramas del derecho pues que han ido evolucionando y cada vez le quitan le ponen elementos pero al final así es como se divide porque se nos cuento chapter 1 es feo, seem sweet chapter 2 y helan my hands if you left the club chapter 4 I didn't want to do anything chapter 5 I just couldn't stop him chapter 6 he can't stop me telling someone the stories that are hardest to tell need to be told let stop domestic sexual or gender based violence being part of anyone story for support visit gov.ie/stories a message from koun a government of our own agency porque esta reforma está muy enfocada a esas actividades vulnerables que son las actividades vulnerables de vida muy sencillo imagínense que todos los que estamos aquí conectados los 66 que estamos conectados somos malandrines y entonces tenemos mucho dinero en efectivo principalmente tanto que no sabemos qué hacer es más ayer si eso público un acuerdo de que culpabilidad hizo un conocido personaje llamado Israel Zambada con el gobierno de Estados Unidos una cuerda de culpabilidad y parte del acuerdo es que le va a entregar el mayo Zambada al gobierno americano 15 mil millones de dólares no me equivoque no son 15 millones 15 mil millones de dólares es lo que va a entregar para decirle en pocas palabras este señor al menos yo no sé si tenga recursos económicos adicionales a esos 15 mil pero con esos 15 mil se le trasero un premio de condomigico con esos 15 que va a entregar sepa Dios y tiene más pero que es a lo que voy exactamente lo que se busca es forcal de ser de ese economía ahora imagínense con 15 mil millones que compras no entonces aquí es donde decidí su ejercicio se dijo haber si tú tuvieras mucho dinero mil millones de dólares que compras y que compro pues coches casas barcos aviones constituyendo empresas necesito también quien me llude los getkeepers no los abogados y descontadores principalmente necesito hacer actos públicos entonces voy con los de fe pública los notarios los corredores ahora los mediadores compro relojes joyas blindo mis carros puede tener blindaje en los inmuebles o sea el estado de actividades del artículo 17 las actividades que deberían en mi opinión o es decir no es tan todas las que deberían estar pero todas las que están si son que eso también es es importante bien ahora digamos que puntos sobre sobre salientes que tiene esta reforma bueno pues se incluyeros se incluyó la frase delitos relacionados porque delitos relacionados porque no nada más el al final el financiamiento al terrorismo es un delito relacionado actualmente yo formo parte de un grupo es la división de combate al crimen organizado transnacional de la ONU y pues hay muchos delitos relacionados con lavado de dinero que no necesariamente es financiamiento el terrorismo les puedo poner un caso real trata de personas robo de combustibles y no necesariamente tiene que ver con este con con temas de financiamiento al terrorismo entonces por eso se cambio y se incorporó en el artículo 2 que dice delitos relacionados con estos para que para que las personas puedan ser procesadas por cualquier delito que esté relacionado lavado de dinero tenemos también lo que son algunas definiciones como lo que es el beneficiario controlador que básicamente este tema de beneficiario controlador ya venía desde el ámbito fiscal desde inclusive subligatorio si la memoria no me falla desde los mil veintidós para efectos discales y lo que sí hizo fue adecuar comenzaré diciendo les salgo hay dos obligaciones de identificar de beneficiario controlador en la ley una es identificar al beneficiario controlador por los sujetos obligados y lo que tienen que hacer es identificar al beneficiario controlador de sus clientes esos tener el artículo 18 fracción tercera y la otra obligación de identificación de beneficiario controlador está en los artículos 32 bis ter y cuatro y esa es la obligación que tiene cada entidad de identificar a su beneficiario o sea yo sociedad mercantil identifico a mi beneficiario y y el primero que les dije que es el del artículo 18 yo tengo que identificar al beneficiario de mi cliente o de mi usuario que es la diferencia que existe entre ambos pero al final del día que es un beneficiario controlador un beneficiario controlador pues es la persona física o grupo de personas físicas que primero tiene el uso o se disfruta aprovechamiento o disposición del bieno servicio derivado de lo que hace precisamente la la entidad o la empresa o a ahí me pueden decir David es que cómo funciona esto bueno si de repente alguna empresa le da o sea compra una casa y en esa casa pues vive una persona física individual que puede ser o no socio de la empresa esa persona es beneficiario controlador si de repente hay personas que tienen una tarjeta corporativa para poderse gastar saldos cantidades un carval en empresa perdón se vuelto a mandado a agua pero he dado tantos conferencias de destructivo es que la garganta ya nos maltrate un poco este entonces ese es mi beneficiario controlador no es cualquier persona que recibe el beneficio de lo que hace la empresa persona física persona yo le llamo persona individual agracuarense que yo estudié algunas cosas en su dame y que un colombio para hacer exacto y de repente yo digo persona jurídica y que persona individual como dicen allá dicen equipos ayer distinguísimos abogados que los términos que nosotros usamos esto de persona moral y persona física que no son términos técnicamente correctos dicen muchos abogados otros países pero bueno si digo persona individual pues es persona física si digo persona jurídica es persona mora y si digo prevención de la voz de activos me refiero a persona de la vainera ahora David no no hay ninguna persona física o jurídica
que es que perdón no puede ser jurídica, no hay ninguna persona física que nada más son físicas que reciba este uso gozo disfrute perfecto me voy el segundo supuesto. Quien ejerce el control efectivo en la organización en última instancia es decir, ¿quién tiene la decisión o el poder de imponer directa o indirectamente decisiones en las asamblas generales de accionistas? ¿Quién puede mantener la titulariedad de derechos para ejercer el voto de más de 25% del capital social? Pues, obviamente, cualquier persona que tenga más del 25% de capital social en una de estas de una de estas entidades, pues es beneficiario controlador por meralojicano. Otro punto adicional, ¿Sí? ¿Quién dirige directa o indirectamente la administración estratégia o las políticas de la empresa? ¿Por qué se hace así de repente? Se hace así porque en muchas ocasiones a través de diversas figuras, como puede ser un mandato, un poder generalmente el que se usa para estos efectos es un poder sin representación, ¿A cuál se que hay poder con representación y sin representación? El que normalmente se usa es sin representación también a través de una gestión inclusive oficiosa o de negocios. Muchas veces hay terceras personas que tienen el ejercicio del voto de las acciones, inclusive a veces se meten hasta en fideicomisos. Y entonces las acciones se dejan en garantía, derivado de una deuda, de udavaticitia, obviamente, se dejan en garantía las acciones en un fideicomiso y dentro del fideicomiso se pacta los estables que tal o cual persona física, que es la que va a poder temer el derecho a voto, pero no es el dueño de las acciones, simplemente las acciones están en garantía. Entonces hay muchas formas en las cuales se puede ir trabajando, se puede ir dando estos temas de beneficiario controlados. Tengo aquí algunos comentarios dejenme ver, me dice Vicente Pico, si mi cliente es una persona física, quien sería su beneficiario controlador o dueño beneficiario aplicando el 18. Ella sería el mismo beneficiario en caso que no se identifique. Bueno, hay una regla que tiene el 18, 3, me voy a adelantar un poquito para contestar. No más hay de dos. Tu clientes, persona física o es persona moral. Si tu clientes, persona física tienes que aplicarle un cuestionario dentro de las preguntas bien. El cuestionario no es de beneficiario controlador, el cuestionario es un cuestionario que se llama "conoce a tu cliente". Y dentro de ese "conoce a tu cliente" viene una pregunta que dice, "Oiga, usted sabe si hay algún beneficiario controlador de esta operación, si la respuesta es no, hay muere, eso es todo. Si la respuesta es sí, entonces si pasa a la siguiente ventanilla, digamos, ya ahí sí te va a tocar, ya preguntarle oiga, pues quién es el beneficiario controlador y por qué sabe precisamente qué es el beneficiario controlador. Entonces son de los temas que digamos tenemos que distinguir. Si es persona, esa es persona física. Si es una empresa, el cliente usuario, hay forzosamente sí o sí se tiene que identificar el beneficiario controlador. David es que yo no pude saber quién tiene el uso cosa disfrute, no importa. Estos historios que son más difíciles de decir, tienen que ser told. Vamos a ver la demanda de la actualidad sexual y la violencia de la violencia de la violencia de la violencia de la violencia. Para suport, visite gov.ie/stories, un mensaje de coño, un gobierno de la violencia de la violencia de la violencia. No, o. Y a cada uno de los miembros del Consejo de Administración. Entonces si hay forma de poderlo de poderlo hacer, ¿sale? Entonces eso es con respecto a las preguntas, pero a verle contestado a Vicente, sino que me avisa y seguimos. Tengo por acá, así, es que lo vean chiquito que la compude ese sirillo fe. Me dice, puedo clarificar con mayor precisión del comentario de un poder, es en representación con representación, claro. El poder con representación dice que yo actúe en nombre y cuanta de alguien. Por ejemplo, la doctora Chan quiere comprar un inmueble, pero ella está en Tijuana, que el inmueble está en Chihuahua. Entonces ella me otorga un poder para que yo vaya y compre el inmueble, y nombre y cuanta de ella. Vamos a pensar que la casa es de sirilo, efectivamente, que yo voy y la escritura ante el notario va a decir, contratos de compra venta de casa, habitación ubicada en talado, que se lebra por una parte sirilo como vendedor y por la otra guada, lube Chan, representada por David Merino como comprador. Eso es un poder con representación. El poder sin representación no dice que yo soy el apoderado de Guadalupe Chan. Hay un poder, lleva decir, yo tirado, pero luego me regañan. Realizar, es que como trabaje notaría, es muy común de decir, tirar la escritura, no? En corredoria tira la polisa, pero no se tira, se realizan. Entonces, el poder sin representación es un poder que sí existe, que sí son de notario público, pero que cuando yo compro la casa, dice que la compra David Merino y después de que yo firme la escritura, hacemos un segundo documento en virtud del poder y la casa queda a nombre del lupita Chan. No sé si le contesté al contador sirilo y si no, pues le seguimos. Me dice Vicente, pico, gracias. Entonces, la sesión de beneficiar o lo dejaré en blanco el declarar que mi cliente no tiene un dueño beneficiario. Si Vicente y no, la respuesta favorito de un abogado, cuáles depende, ¿no? A qué me refiero? Tienes que preguntarle a fuerzas si conoce y si hay un dueño beneficiario de la operación. Eso sí se lo tienes que preguntar si te contesta que no, no hay otra persona ya con eso suficiente, pero si le tienes que preguntar. Me pregunta Alex Alazar, que soy contadora, se los pagos de la sociedad y tienen un poder de actas de administración, tiene que presentar declaración en plv, pues depende porque ahí estaríamos. Bueno, déjenme entrar mi querido al examen, dáme chancen, seguirle ya que llegue al artículo 10 y 10. Bueno, en este caso tuyo es el 17. Otra pregunta que me hicieron es el 18. Ahí ya en su ex obligados y obligaciones, le vamos, este, le vamos dando, pero de que de que de que podemos, podemos, no, este me dice a Mauricio que es el acto jurídico que me enciende son poderes en representación, un mandato sin representación, existe en las dos. Lo que pasa es que el mandato es un contrato, el poder es un acto unilateral que se realizan de un notario, pero el poder en el momento que se ejercita se convierte y se acepta, se convierte en mandato. O sea, al final hay un libro muy bueno que me gusta que se llama representación, poder y mandato, es un libro muy bueno y tiene sus años, este, que se lo escribió si la memoria no me falla, el notario Bernardo Álvarez del Castillo, este es el notario el que lo escribió, creo que se llama Bernardo, "Oton, perdón, oton, oton, perdón, perdón, oton Fernández, perdón, perdón, perdón, perdón, oton, eres el castillo". Gracias, doctor, él, él me lo, pero de Docsis, él fue y el libro se llama representación, poder y mandato, y es muy bueno el libro he chiquitito y precisamente te explica eso, le dice el poder es un acto, inclusive la poderada no firma, firma el poder dante, pero en el momento que la poderada ejercita, primero puede aceptar y segundo ejercita el mandato, digo el poder se convierte en un mandato, por eso la obligación de presentar cuentas, ¿no? Entonces, es para haber constado, bien, sigo, y ahorita retomo, retomo preguntas. Entonces, ese tema de beneficiario controlador pues es, es importante que lo consideren, porque la obligación y entró en vigor a partir del día 17 de julio, aquí está lo que yo les decía, solo para personas físicas, solo puede haber beneficiarios controladores personas físicas. La reducción del umbral de control baja del 50% al 25 de capital social y básicamente ya cuando ustedes vean que dice beneficiario final, propietario real, beneficiario controlador, etcétera, ya ahí digamos que se entenderá que se refiere a beneficiario controlador, bien, nos dice que es un cliente usuario, lo cual es muy sencillo, clientes con quien yo hago la operación y celebra el contrato, usuario es quien utiliza los servicios, caso fácil, una tarjeta de crédito, viene conmigo Pedro, yo soy un banco, el firme [Música]
contratos, me pido una tarjeta de crédito, hago el procedimiento, lo pasa, le doy su tarjeta. Él es mi cliente, pero Paco le entrega a María una adicional, María no es mi clienta, mi cliente es Paco, pero María es mi usuaria. Entonces, esa es la distinción que existe al día de hoy, entre cliente y usuario. Sí, personas políticamente expuestas, las personas políticamente expuestas son aquellas que desempeñan actualmente o desempeñaron tradicionalmente, son dos años para atrás, un cargo público nacional o extranjero. Y las personas derivadas de ellas o relacionadas precisamente con ellos. ¿Cómo es la esposa? Por ejemplo, los hijos, etcétera. Pero hay un tema importante, David, existe una lista o algún lugar donde nosotros podamos ver quiénes son personas expuestas políticamente. Sí, hay una lista que publicó la web hace aproximadamente tres años, dos años y medio, pero esa lista yo les diría que no le hagan caso ahorita. ¿Por qué? Porque esa lista está elaborada, conforme la ley de la administración pública federal anterior. Si se acuerdan a partir del primero de octubre, que entró en funciones la nueva administración, la nueva presidencia de la República, hubo cambios, hay secretarias nuevas, algunas desaparecieron, organismos ya no existen, se fusionaron otros, hay más facultades para unas. Entonces, el estado que existe emitido por la web no cuadra con la ley orgánica de la administración pública federal ya se está elaborando por la Secretaría de Hacienda a través de una unidad que se llama UBA, la unidad de bancadores y ahorro el nuevo listado. Pero hasta que no esté listo, yo esté preparado y publicado, yo les recomiendo que lo hagan a Manita. ¿Cómo es a Manita? Está muy fácil la regla. Del cargo más alto que tengas en Tiroff, tres niveles para abajo son peps, así es sencillo. Y la otra es que aunque no tengas esos tres niveles, si tú tomas decisiones relevantes para la entidad o manejas recursos económicos, eres peps. ¿Sí? Que es una cuestión también importante, la forma en la cual se puede determinar. Nos viene la relación de negocio, pues esta que se tiene con los clientes usuarios y se crea la figura que se llama representante encargado de cumplimiento. ¿Qué es la que está en el artículo 20 de la ley y es el equivalente a lo que se le ha denominado oficial de cumplimiento para para otros temas? David, ¿por qué no se le puso oficial de cumplimiento? Muy fácil. Van a revolver el actividades vulnerables con el de asector financiero de esa forma. Si nosotros hablamos de un oficial de cumplimiento, ya sabemos que es de financiero. Si hablamos de un responsable encargado, esa actividad vulnerable. ¿Vale? Otra definición importante es riesgo, que es el riesgo, el riesgo y la probabilidad de que algo suceda. Generalmente no queremos las consecuencias que surgirían o que provocaría ese riesgo. Y a través de lo que se llaman medidas prudenciales, ¿Sí? O se hace la mitigación de riesgos para disminuir el riesgo generante, que tiene una operación a un riesgo residual lo más bajo posible. ¿Sí? Y a eso se refieren también, vamos a ver nuevas obligaciones. ¿Hasta aquí hay alguna duda? No, no, OK. Entonces, sigo ahora así hay artículo 17. Hay más obligaciones, digo hay más artículos que se reformaron sí, pero muchos son para temas internos, como cuales, ¿Ah? Como aquellos que me dice que se coordinará la secretaria de la Asembe Crédito Público con otras entidades, como puede ser, por ejemplo, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana para poder combatir los delitos de la Bode de Dinero, por ejemplo, eso viene, ¿Sí? Aquí lo que les puse es básicamente lo que inside a sugecho obligados a los particulares como nosotros. Bien, las actividades vulnerables quedaron exactamente iguales, salvo una, realmente la que cambia, hay una nueva que ojo, muchos dicen que no es nueva, yo digo que sí, yo y otros colegas decimos que sí. El artículo 17 en la fracción quinta contemplaba una frase que nadie entendía que era, que dice servicios inmobiliarios, perdón, servicios de desarrollo inmobiliario, es lo que decía. Hay todo el mundo de sea, ¿Y qué son los servicios de desarrollo inmobiliario? Porque decía servicios de construcción y desarrollo inmobiliario, entonces, ya un bueno, pues qué es precisamente el tema. Ahorita, mi querido Miguel, tengo una pregunta aquí en Coecio en Anceres, déjame llegar al artículo 32 y te contesto, pero de entrada no, no, pero no es actualizada. Ahorita, te contesto eso, ya que llega el 32, notado. Entonces, como había mucha duda, lo que hicieron fue separar, digamos, las actividades. Y ahora ya pusieron que es consto en la fracción 5 se quedó construcción e intermediación inmobiliaria y se creó una 5V que dice desarrollo inmobiliario, que es la recepción de recursos que se destinen para llevar a cabo un desarrollo inmobiliario, cuya finalidad sea la venta o la renta. ¿Sí? Que es un desarrollo inmobiliario, un desarrollo inmobiliario precisamente, es el proyecto para la construcción de inmuebles o fraccionamiento para venta o renta. No me confundan la definición con la actividad. La definición me dice proyecto para construcción de inmuebles o fraccionamiento para rentar o vender. La actividad es la recepción de recursos para eso. La vez yo ya tenía los recursos y no más estoy estedificando y voy a vender, bueno, no tienes que avisar porque no recibiste los recursos. La actividad vulnerable, el sujeto obligado es recibir recursos para hacer el desarrollo. Sí, ese es la actividad vulnerable precisamente. Muchos dicen que no es nueva porque ya se mencionaban los desarrollos inmobiliarios en la fraccion quinta anteriormente, antes de la reforma. Nosotros nos tenemos que si es nueva porque no existía esa figura de recepción de recursos para construcción para desarrollos inmobiliarios, pero diría de mi pueblo, "Hay gacido como hay gacido, así quedo". Entonces, es exactamente la definición como está. Todas las demás se modificó la de activos virtuales para decir que también ahora se tienen que avisar las operaciones que realicen Ciudadanos mexicanos desde otra jurisdicción, que no sabemos exactamente cómo se va a implementar. Eso tiene que ver con una norma, una regla de gafi, que se llama regla de viaje o trabe el rol, que aplica a los exchange o plataformas con las cuales se hace la compra venta de activos virtuales y se tendrá que esperar a ver cómo precisamente se van a ir implementando. Me pregunta, "¿Dón Mauricio Álvarez?" Un ejemplo parece caso, "Le desarrollo inmobiliario". ¿Podría ser la MP, la Cía de Emparticipación y con transferencia de numerario en la sociedad? Sí, es correcto, esa podría ser una opción, pero también podría ser un levantamiento de capital de a Frensa Família, en el cual entre amigos y familia pues le aportan una lana para construir el desarrollo inmobiliario, y se los vas a regresar con un pago de capital más intereses. Por ejemplo, ese levantamiento de capital sería sujeto de aviso, ¿por qué? Porque se considera una actividad que en cuadra dentro de lo que es desarrollo inmobiliario. Sí, Mauricios, pero a ver, te ha respondido. Ve un segundo aquí, no más para poner que estere a la conteste listo. Bien, ahora ¿qué fracciones se quedaron igual? Bueno, casi igual. La uno que es juego rifa si sorteos, pues contempla lo que son permisos o autorizaciones vigentes. ¿Sí? ¿Por qué? Porque antes nada más decía permisos. Y ya ven como somos los abogados, ¿verdad? Que nos vamos a la coma, el punto, las comillas. Entonces muchos dijeron, "Oye, a mí no me aplica porque yo no tengo un permiso, yo tengo una autorización y no es lo mismo pedir permiso, tener un permiso que tener autorización". Yo de brómenes decía, "Oye, cuando tú eres niño y querías o joven y querías salir algún helado, ¿qué pedías? Permiso o autorización". No, pues permiso. ¿Ok? Y ese permiso que implicaba. No, pues una autorización. Ah, bueno, pues una va con la otra, ¿no? Sí, pero no es lo mismo legalmente. Inclusive, hay una tesis de jurisprudencia que es muy famosa en materia administrativa. Recordemos que aquí estamos hablando de derechos administrativos sancionadores. Entonces, aplican muchas normas que en realidad vienen o que funcionan también con la norma penal. Aquí la interpretación puede ser bajo cualquier metodología, pero la aplicación es stríctor. Entonces, hay una tesis muy famosa que nos dice que el derecho no es diccionario. No, si es alguno de ustedes la ha visto, pero es muy conocida. Y entonces, inclusive, aún con eso, los abogados seguían argumentando, ¿qué es lo que hicieron? Digieron, mira, no hay tema.
vamos a poner permiso de autorización, ya acabo el problema, salen. Instrumentos del base de valor se establecieron los que tienen que ver con comercialización o abono de recursos a los monederos electrónicos. Tenemos también lo que es servicios de comer subterior. Yo creo que esa me la puedo brincar porque ya está entendiendo pues casi no hay gente de comer subterior en este furo. Entonces yo creo que no les va, no les va a interesar, ¿no? Pero por si alguien de aquí le gusta el comer subterior, les diré que se agregó una frase que dice el despacho que las personas físicas y morales promuevan sin la intervención de agente o agenceado a no, ¿por qué? Porque antes sólo se conten. Antes sólo se conten. Eso que hay en son mis perros, perdón ahorita los callos, déjenme desarrar aquí un segundito déjenme cerrar la puerta. Ya, mil perdones. Entonces estos servicios de comer subterior, lo que decían es sólo contemplaban los que eran con agente aduanal. Si la gente lo hacía aduanal, que sea, pues yo no tengo que avisar porque pues no más es para los agenceados anales. Ya no, si alguien por ahí quiere hacer su aduanamiento y desaduanamiento por sí mismo, esa persona tiene que darse de alta como actividad vulnerable. Salé, ese es uno de los temas también, este importante. A ver, tengo aquí otras preguntas, me dice Miguel Sanchez. Puedo considerar como beneficiar o controladora una poderada legal que es la persona con quien estoy realizando la operación, ya que muchas empresas se niegan a dar información y documentación de sus socios. A ver, mi querido Miguel, no hay esto obligado al imposible, a qué es lo que voy. De entrada para hacer la operación, no sé qué te dedicas, pero a lo que te dedicas, tienes que tener. Si eres actividad vulnerable, si estás dentro de esas 17 fracciones del artículo 17, a ver, son 16, no son 17, termine en el 16, pero hay una 5 bis por lo tanto son 10, si las cuentas son 17, lo que acaben el 16. Entonces, si tú estás en esas, eres objeto obligado. Si eres objeto obligado a lo que se llaman reglas de carácter general en el artículo 11 y 12 de las reglas de carácter general, te obligan a tener algo que se llama expediente único. Y dentro de ese expediente único hay una serie de elementos que tú tienes que tener sí o sí. Si es persona jurídica, afuera, tienes que tener copio de los estatutos. Si no te dan copio de los estatutos, no puedes hacer la operación. En materia de prevención de la voz de dinero, tú ya decidirás si las es en otro tema. Si no te dan los estatutos en automático, tú no puedes integrar adecuadamente el expediente único. Y por lo tanto, estás en multa, es una multa por cada expediente que no esté debidamente integrado. Entonces, aquí lo que te diría es las empresas se niegan a dar información y documentación de los socios. Entonces, ahí voy, voy parte por parte. De la empresa, tú forzó solamente debes de tener la información, ¿sale? Y ahí viene quienes son los socios que pueden ser personas físicas o personas jurídicas. Si son físicas, pues ya tiene los nombres. Si son jurídicas, pues tienes que pedir a su vez para precisamente esa trazabilidad, ¿no? Tienes que pedir quiénes son. Tú tienes que pedirlo y debe quedar demostrado que lo pediste. Que no te lo den a veces otro boleto. Si no te lo dan, entonces tú tienes dos cosas, uno. Tienes que señalar a quien tenga más del 25% del capital social. Y si no, en el, en el, en el puño de tu expediente, si identificación, tú tendrás que ponerle que no tienes los datos del beneficiario controlador porque no te los dieron y tendrás que avisar si este es un, este es un tema de criterio. Eso es pechoso que una entidad no te quiere dar los datos por la razón que quieras. Entonces, tú podrías emitir algo que se llama abizo de 24 horas porque hay una operación que es sospechosa de que pudiera haber lavado de dinero. Entonces tú avisas a la autoridad que se empresa no te quiso dar y listo. No cumpliste. Y es la autoridad la que se encargará través de la fiscalía general de la República, el SAT o la WAIF, dependiendo muchas cosas, de ir a hacerle una visita, invitarle un café y pues ver por qué no quieren entregar su información. Chale. Bien. Me dice, Mauricio Álvarez, el levantamiento tendría que hacer de manera directa o mediante un vehículo que no hace un fideicomiso correcto para mantener el campo de actividad vulnerable y no financiera. En el caso de fideicomiso es mi querido Mauricio, se tienen que identificar también en términos de la reforma. Tienes que identificar al fideicomitente y lo tiene que hacer la fiduciaria. La fiduciaria bajo el tema de que es un banco o una sofón, si es que el fideicomiso es de garantía, como lo establece la ley de general de actividades, organizaciones auxiliares de crédito para las ofomes. Sin embargo, el fideicomitente se tendrá que dar de alta como actividad vulnerable cuando eso fideicomiso involucren actividades vulnerables. Si el fideicomiso es para comprar y vender autos, por ejemplo, para construir que la construcción es un tema se tendrá que dar de alta el fideicomitente. O sea, hay una doble identificación, porque ahora me dicen, ¿dávida hay una doble identificación de la misma operación? Sí. Una es la que es el fideicomitente y la otra es la que hace el fiduciario. Inclusive, si se hacen en notario, hay una tercera, que el notario también tiene que reportar, bueno, avisar la misma operación. Salé. Espero haberles respondido. Me dice Ricardo que es usuario de comerse exterior. Sí, entonces tiene que tener expediente único y es una de las recomendaciones que yo te daría. Ahora, tenemos alicional los servicios de comercio exterior el tema de ferratarios públicos se ampliaron obligaciones, básicamente se incluyó a los facilitadores de consistencia alternativa, los mediados privados, que se le ha partido de la ficción 13, que ojo no tienen que avisar todavía. Ayer por culpa a mí, yo culpable, se volvieron locales sociales de los mediadores privados, porque habíamos dicho que no tenían que avisar, no tenían que darse de alta del portal ya avisar porque no hay formato para que lo hagan. Por ahí hubo gente creativa que dijo, pues nos damos de alta como notarios, ¿no? Vamos a incumplir el resultado que no. Ya hay una respuesta, bueno, hay una respuesta mediante la consulta no formal, que es precisamente el Corral Electrónico Oficial de la Weif, donde dice que no tenían porque haberse dado de alca. Sí, en el caso de los mediadores, los mediadores privados, que también seré llama facilitadores de justicia alternativa, se modificaron un brales para los notarios en la transmisión de inmuebles se mantend. ahí le movilizan, pero. pero en el que le subí. Hay, en la transmisión de inmuebles se mantiene en un millón 810 mil pesos, que son 16 mil luma, la constitución de personas morales se reduce, ¿sí? ¿Acuando las operaciones se realizan por monti igual lo superior a 970 mil pesos y los fideicomisos se amplian los supuestos, pero se mantiene el umbral de 8205 humas. Lenguos cuadritos aquí más adelante que les van a encantar porque les ayuda con todo esto. Y nos vamos a las obligaciones, a ver, las obligaciones ya existentes siguen siendo las mismas, ¿ok? Identificar al cliente. La identificación de clientes se tiene que hacer de forma directa y conociendo al cliente. La identificación directa se refiere a que debo tener una identificación oficial con fotografía expedida por autoridad mexicana. Es la identificación directa y debo además, en términos de la regulación secundaria, conservar precisamente lo que es la copia fotostática de esa identificación de forma legible. Vamos a ver y al final que el tema de delitos hay un delito que es la fracción 3 del artículo 62, que es el incorporar copios fotostáticas que no estén legibles, es delito, aunque sea sin quererlo. Entonces, la identificación al cliente, esa se tiene que modificar nada más a hacer la directa y con conocimiento del cliente. La fracción 2 que es, conoce a tu cliente, pues, sigue siendo la misma. Se le tiene que pedir, obviamente, la cedula de registro federal de contribuyentes, que eso también es importante. Se debe identificar el beneficiaro controlador conforme la fracción 3, conservar la información, la información se debe conservar ahora 10 años, no 5, 10 años, eso es lo que cambió. La fracción 6 son avisos por sospecha, que es eso, llega a alguien que no ustedes quieran intentar hacer una operación, una compra venta, una de los deportos de la comunidad.
quiere pagar en efectivo, se quiere pasarlos sombrales, llega alguien botudo sombrero hudo bigotudo, este con cadenas de oro se baja de la jeróquí con gente con cuernos de chivo este y me quiere comprar en efectivo, pues yo no le vendo porque pues ya no tengo casas o no tengo carros y se va, pero esa operación se tendría que dar como avisos por sospecha. Lo que dice la legislación es que dentro de las 24 horas siguientes, maque yo tenga conocimiento o sospeche de una operación que pueda tener indicios de vínculos con la vado de dinero, financiamiento del terrorismo, debo avisar a la autoridad. Sí. Y hay obligaciones nuevas que precisamente son estas que nace en digamos de la nueva reforma que es la fracción sétima, que es la evaluación de riesgos, donde se introduce la obligación de llevar a cabo una evaluación de enfoque basado en riesgo, que nos permita identificar analizar, entender y mitigar el riesgo. Esto como se hace se hace con base en un modelo, un modelado de riesgos precisamente, que así se le se le llama o se le denomina y tradicionalmente pues se hace a manita. Sí. ¿Cómo que a manita? Sí, lo hacemos los que nos dedicamos a esto precisamente y lo hacemos pues analizando digamos de uno por uno cada factor sin embargo también es importante mencionar que ya existen al menos yo conozco uno. No sé si hay más seguramente en el mundo habrá uno más pero en México yo conozco uno que es un software especializado en materia de determinación de heve de regga que es precisamente el el este el tema de enfoque basado en riesgo con base en ese enfoque basado en riesgo se hace el manual y con base en lo que dice el manual se hace se implementa el software. El software especializado o sistema automatizado. Sí, entonces obligaciones nuevas además hacer tu ER, hacer tu manual de políticas internas que debe tener los criterios para identificar y dar seguimiento a operaciones y a personas políticamente expuestas debe haber capacitación obligatoria anual. Sí, monitore automatizado a través de un sistema automatizado que que te revise perfil transaccional y operaciones que deban acumularse y debe haber una auditoría anual y tu riesgo en términos de lo que ya te expliqué que se leve es bajo o medio puede ser un auditor interno o un externo si el riesgo es alto debe ser un auditor externo. Dejenme checar aquí el chat porque también se me prendió. Aquí sigo teniendo la de Miguel que esa sabrita ya que llegue al artículo 32 acá nos pregunta el contador sirilo bueno se pean más capitan piloto aviador quiero pensar que se pea es de que si compartiremos el material si les comentaba que se lo voy a mandar a la a la doctora chancó mucho gusto bien luego ahora sigue igual lo que me preguntaron el beneficiario controlador dos ya vimos el beneficiario controlador para sujetos obligados este es el beneficiario controlador para todas las demás todas las sociedades mercantiles de México si o si tienen que identificar a su beneficiario controlador aunque no sean sujetos obligados David yo vendo zapatos eso no es este actividad vulnerable para la prevención de la invierno no tengo que identificar el beneficiario controlador si o sea así de David yo transporto personas tengo una línea de camiones también o sea todas las sociedades mercantiles de México lo tienen que hacer lo se dan a ni manomre colectivo comandita siempre comandita por acción de responsabilidad limitada es cooperativa y la sásla por el que es por acción simplificada todas la tienen que hacer David hay algún formato modelo especial usan un modelo pero sí tiene que seguir las reglas de gafi y las reglas de prevención de la vainero David yo ya identificé mi beneficiario controlador para efectos fiscales hace unos años esa me sirve o me funciona para pled no porque no David porque el artículo cuatro de la ley antilabado que es la supletoridad de la norma no contempla como norma supletor y la legislación fiscal por lo tanto no puedes manifestar que cumpliste una obligación especial o específica en materia de prevención de la vainero con una obligación que hayas cumplido en materia tributaria tienes que volver a ser un estudio de beneficiario controlador y cuando digo estudio es porque lo que te pide la norma no nada más es que digas quién es sino que demuestra la trazabilidad y esta cadena de control de cómo llegaste a la conclusión de que tal persona es beneficiario controlador aquí perdón el comercial pero si alguien tiene dudas de cómo hacerlo avíseme y lo ayudamos si alguien no sabe cómo implementar estas obligaciones que vimos del artículo 18 avíseme y lo vemos les adelanto si no es tan caro y tan costoso lo más caro siempre es el sistema automatizado que te tiene que identificar alertas buscar en listas negras buscar en listas de peps dar la trazabilidad ver el perfil transaccional se hace el seguimiento a los peps etcétera ahí por ahí ya un tema que nosotros tenemos una plataforma que nosotros nos parece súper buena en el cual si son chiquitos porque para los grandes de importe ellos tienen el recurso y se justifica pero los muy chiquitos de repente nos dicen oye pues que yo tengo un poquito operaciones va a salir súper caro no el sistema cobra mil pesos al mes si ustedes tienen de ser las incooperaciones y de seis a veinte les cobra dos mil pesos al mes y con eso tienen sistema para cumplir con las obligaciones ahora hay otras opciones busquen una porque es obligatorio que tengan sistema ustedes es como la parte de la parte interesante ok tengo preguntas me dicen a Juan pareciado una maquiladora por ser persona moral tiene que identificar el beneficio controlador a ver este mi querido Juan si es sociedad mercantil si ok ahora si los socios extranjeros para la materia de la dinero si me dices y me dices irilo que es contador público auditor ya vendo era piloto aviador a mi me gustó para piloto es que es que pese pear también luego lo ponen que es capitan piloto aviador tengo y unos amigos que es que son cepas y ahí estaban pero si mi querido Juan y que bueno gracias por la aclaración mi querido contador sirilo bueno entonces qué sucede aquí a ver para cumplir con esto y vamos cerrando porque esto es muchísimo información para poquito tiempo el artículo 33 vis me dice que debo identificar ok el artículo 33 termes dice que una vez que identifique tengo que subirlo a la plataforma de la secretaria de economía al menos hasta hoy en la mañana que ando me fuera ya todo el día y en duve de mago trabajando no estaba habilitada la sección todavía para que tú la deben oficiar o controlador en el portal de economía la tendrán que habilitar pronto a mente y también el 33 4 termes dice que los estados de la república pues implementarán medidas para que todo esto funcione y jale adecuadamente ¿Sí? ¿Qué es una persona aporéticamente expuesta? bueno pues ya se los expliqué la idea digamos la idea es que todos los poderes el ejecutivo el legislativo el judicial los organismos coccionalmente autónomos etc. tengan su propia lista de peps de acuerdo a los formatos que establezca la secretaria y con eso se pueda consultar hacer la integración sistémica para la supervisión y los leñamientos de seguimiento y estos cuadros que aquí tienen que aquí vemos no se logran de hay más o menos estos son los umbrales de las actividades para que ustedes no tengan que estar leyendo la ley cuadrando un artículo con el otro y convirtiendo a la calculadora aún más ya lo hicimos por ustedes aquí están todas las fracciones del artículo 17 ¿Sí? ¿Cuál es el umbral de identificación y cuál es el umbral de aviso? Ojo todos tienen que tener expediente único de todos sus clientes ¿Tralé? Esas de todos las operaciones que superen el umbral de identificación se tienen que identificar y las que aumente el umbral y lleguen al umbral de aviso se tienen que avisar por lo tanto todas las operaciones que se identifican se avisan no pero no todas las pero sí todas las que se avisan se identifican y hay algunas que siempre se identifican ¿Sí? Por ejemplo cual las inmuebles la fracción cinco y cinco bíez que es bien es inmuebles 20 intermediación y desarrollo y desarrollo de moviliario siempre se avisan por ejemplo sí hay algunas que siempre algunas que no dependiendo el tipo de operación aquí siguen las demás y por ejemplo comerse exterior este se avisan ¿No? Cuando sean joyas piedras metales pero siempre obras de arte siempre y obviamente pues cambian los los umbrales están los umbrales de feta tarea público que también ahí están en el cuadrito para que ustedes lo lo tengan y les pusimos el límite de pagos edificativos acuerdan
que en algunas operaciones en algunas se puede aceptar efectivo y entonces yo puedo aceptar hasta cierto monto de efectivo en una operación importante ya no se admite el truco que se hacía de hoy te compra una casa de dos millones en efectivo para déjame 900 y el otro millón se envia al banco y deposita lo en la cuenta lo se siva al banco y deposita lo en efectivo en millón 100 regresaba con la ficha y así ya no era en efectivo ya no ahora eso ya lo quitaron que se usaba mucho para carros y para y para casas bien me apuro porque quedan dos minutitos entonces tenemos aquí el límite de que actividades son las que aceptan efectivo y hasta que en monta se puede aceptar en efectivo ok entonces aquí lo aquí lo tenemos las anciones administrativas pues también las tenemos las anciones está en el artículo 53 para hacerles un poco más fácil la vida les hicimos este cuadrito que también no vienen la ley le hicimos nosotros donde viene en la columna izquierda que fracción de la ley y que artículo de que se trata precisamente el incumplimiento de cuánto es la multa en un más y de cuánto es la multa en pesos y hay multas desde 22 mil pesos hasta siete millones que es esta que está está estela a dos siete millones trescientos y cuatro mil ojo las multas son por incumplimiento no es por visita si ustedes tienen mal 20 expedientes y en una sola visita ven que son 20 les van a poner 20 veces una multa ahora bien David sanciones administrativas bueno algunas personas como notarios corredores mediadores agencia doanales empresas de traslado de valores este juego rifa y sorteos operan bajo una autorización permiso que del gobierno una licencia si se encuentra que se incumple con los temas de prevención de la vainero pueden cancelarles o retirarles esa autorización o esa licencia para ejercer esa esa actividad y por otra parte el artículo 55 también nos dice creo que está acá brinque el artículo 55 aquí abajo nos señala expresamente que si yo me equivoque o si yo no no no he presentado a vizos o tengo algún incumplimiento falla y me doy cuenta y me corrijó desde que hay un requerimiento de la autoridad por una única ocasión y de todo lo que me hay equivocado haciendo me va a perdonar y no me va a multar sale sería el equivalente al perdón fiscal por cumplimiento voluntario que existen las normas es el equivalente digamos en materia de pled pero sólo es por única ocasión la segunda te pueden condonar la mitad de la multa pero sí ya lleva sanción viene también y me voy a ir aquí al 62 que son los delitos y me dice que se sancionar a compresión de dos años a ocho años a quien uno proporciona a quien deba dar el aviso y proporciona información de comentación datos o imágenes que sean falsos que estén alterados o que estén modificados ok es el proporcionar segundo modificar o alterar información de comentación o datos para incorporarse a los avisos y tercero incorporar a los avisos o desagoda requerimientos sí información de comentación datos o imágenes y legibles por eso hay que sacar bien las copias ahora ok y ojo esto es bien importante abajo dice los delitos previsto en este artículo admitirán comisión culposa los básicamente digamos que eso son la reforma a muy grande rasgos súper rápida en materia de pled a aquí me dicen que no entendieron lo del sistema muy rápido la ley dice que todas los objetos obligados o sea Josefina es muy fácil si el actividad económica que tú haces Josefina o tu empresa donde estás está adentro de las fracciones del artículo 17 o sea múneros propagados otras ladas valores o son agensado anales no tallos corredores venden autos aviones o barcos venden joyas el oje es cualquier de esas cript activos etc tienen que tener un sistema automatizado que ese sistema automatizado te permita llevar la trans la trans la transabilidad y transaccionalidad precisamente de todas las operaciones de tus clientes usuarios sale es un software especial que debes de que debes de tener me pregunta Mauricio Álvarez que es el modelado de Bébé requerven sonen actividades vulnerables puede comprender o basarse en las métricas que señala la CNB para supervisados mira mi querido Mauricio a este momento no sabemos no es mala constación no se ha emitido la normativa secundaria pero hay un tema importante creemos que sí por una razón porque México pertenece a gafi y gafi tiene muy claros lo que es el enfoque basado en riesgo si la memoria no me falla porque no me regresa en vez de la recoman bien te vas a de la recomendación uno este de gafi y entonces no podemos estar ni por abajo ni por arriba de lo que gafi señale por arriba podría ser si le ponemos cosas de más a la ley pero no lo estamos haciendo y por abajo es imposible entonces suponemos que va a ser igual o identica a la guía de BR que existe para sistema financiero sin espero verte respondido igual por ejemplo otros temas como capacitación identificación de vene oficial controlador etc ya se puede hacer porque ya sabemos como cómo va a venir me dice Mauricio Álvares se puede incluir dentro del manual de prácticas o es un documento accesorio una partada de métricas en caso de no contratar un sistema automatizado bueno tú puedes hacerlo hasta en excel siempre y cuando tengas la trazabilidad de los clientes el seguimiento de peps puedas comprobar la materialidad de la operación si todo eso lo puedes hacer en un excel adelante puedes desarrollar como otra opción un sistema propio pero generalmente tarde años un desarrollo para poder estar al 100 puede hacer propio de un tercero no tienes ningún problema el chiste es que tú lo tengas no en el manual de prácticas o en documento accesorio el apartado de métricas esa métrica es tu everry forceosamente tiene que estar en el manual pero el everry es totalmente distinto del sistema automatizado tienes que demostrar que cuentas con un sistema automatizado del que quieras pero que haga lo que dice la ley que tiene que hacer y que lo haga como dice tu manual que lo tiene que hacer conforme tu ever y tu metodología de riesgo me dice el señor anónimo que es una persona moral y tienes celebrado un contrato de rendamiento de una nave industrial pero debido a que no la usa las de suba rendando una persona moral tiene la obligación de cumplir que es un tema bien interesante porque primero hay que ver si el contrato permite la figura de subarriendo si no la permite y usted se da de alta se va a echar de cabeza de que está subarrendando algo que que no estaba permitido subarrendar pero pensemos que sí entonces ahí nos diríamos a la fracción 15 la fracción 15 me dice que es el otorgamiento de uso goce o disfrute de un bien inmueble y no me dice si es directo o indirecto o sea si usted está subarrendando está otorgando el uso goce y disfrute de un bien inmueble por lo tanto tendría que darse de alta bajo el tema de rendamiento en mi opinión de este don anónimo y la última gracias a puse nada y con eso creo que contesté todas las que tenía en en en en el en el chat a ver a mí se afuera un pregúntese respuestas acá en el chat perdón voy lo más rápido que puedo doctora este a ver me dicen la hara hara que si las multas doban en contra del 22 de la Constitución se ha considerado que probablemente sí pero tendría que irse a juicio y el tema es que aplican la mínima entonces al aplicar la mínima pues ya no se puede decir que que se está aplicando más allá de una multeaccesiva a lo que se tendrá en que ir esa capacidad contributiva de del multado del sancionado y bueno pues ese es un tema de interpretación pero sí se ha considerado eso no me pregunta es una venta de vales prepagados ahí se le movió acá una venta de vales prepagadas por venta de combustible se puede considerar una actividad vulnerable establecida en la ley y del artículo fracción caería a ver lo que son vales traerían la dos que son monederos electrónicos tarjetas prepagadas o instrumentos que armación en valor es el tema es que si la venta de vales prepagados es si tú eres la empresa que emite los vales y esto producto y lo vendes pues claro que eres activa vulnerable si eres pedrito que recibe sus vales de despensa y te pones afuera de la gasolina a venderlos y lo que andas por efectivo pues ese es una actividad y no puede no ser lo informal accidental básicamente pues hay en mi opinión tendrías que dar de arte de alta porque además el moto chiquitito no y con no conozco no hay que darle en 100 mil pesos al mes de gasolina a menos que se ha extrailer una cosa así pero ya estaríamos en otro supuesto me pregunta a Belcano que si
operaciones de comercio esteró la obligación de es para empresa también únicamente para el agentado anal aquí es una parte bien importante porque porque si yo me voy al artículo 17 como está redactado y esto es importantísimo el artículo 17 de la ley antilabado me dice que son actividades vulnerables es más lo voy a leer para no es más mira se los va a poner aquí bueno sí lo veo ya lo tengo aquí es de pero dentro del tema del fundamento pero está el ento mi internet aquí en el en el teléfono lo que tiene va a decir es de entrada la agentado anal está es obligado sí porque el artículo 17 claramente al ahora que comienza el encabezado del artículo me dice para efectos de esta ley se entenderán tiene vulnerables y por tanto objeto de identificación en términos del artículo siguiente las continuaciones enlísten me hablaré actividades no me habla de sujetos ok que son los que he hecho obligados cuando yo me voy precisamente a lo que es comercio exterior es la fracción 14 me dice la prestación de servicios de comercio exterior como agente o apoderado aduanal ahí se refiere al agente aduanal no se refiere a la empresa ok y me dice medio autorizó adorgada por las que te voy a hacer en decreto público para promover por cuenta gena despacho de mercancías en los diferentes regimen de este aduaneros sí entonces en comercio exterior es el agente aduanal que es como del caso del notario hay notarios que se constituyeron como ese se como sea algunos son personas físicas cuando siempre se haré al pero es el notario que tiene la patente el que es el operación este la actividad vulnerable no pero ojo si tiene una entidad y opera a través de entidades también hay que hacer el estudio de beneficiario controlador para ver la el tema de trazabilidad para para peledé no este medirse para ese guilar que como fueron sancionadas las situaciones financieras por el departamento del teceoro pues no ha habido ninguna sanción ni ningún castigo por parte del departamento del tezoro a este momento ninguno sólo las incluyeron en un vamos a investigarte porque presumimos que lo haces pero este momento no es anción en la castigo se ha estado ampliando el plazo para la invención de una resolución y pues básicamente digamos que es ese es el punto que me quieras seguir me pueden buscar en redes sociales en lindlin principalmente o link edin como le llaman en la cremas uso encuentran con mi nombre David merino si no pues pueden darle aquí mucha lata a lo doctora chanja tiene mis datos este y me encuentran igual en internet si quieren con mi nombre David merino mi página es derre David merino.com y ahí con muchísimo gusto le regreso los microjones perdón doctora me pasan hace minutos pero es que es demasiado lo que había que ver y no no y le agradezco porque generalmente yo hago las preguntas del chad pero ya las le yo todas ustedes de lo que me pregunta José Luis chaves y me permite del software y de Alex al azar si el software se puede aplicar a agencia de un alco recto. Si quieren buscarme con muchísimo gusto si me permite aquí dejo rápidamente mi teléfono este doctora. Sí claro. En cuantas cinco cuarenta y cuatro y cuatro y ocho mi correo directo se los voy a dejar el que yo si leo. Luego en la página de internet viene una que es contacto a robatal y pues eso le llega un colega no dey de la oficina. Hay tantas datos. mil gracias. Muchas gracias doctor y les he ido en el tráfon al doctor máximo. A ver, a mí lo subí perdón perdón perdón lo subí al José en panelista o sea no no se va a ver en el. En el era de bien buro. Ya lo estaba copiando yo sí. Ya ya le puse aquí abajo de Breone. Perfecto. Ahora sí ahí estamos. Ya ya está todos. Gracias. Este es el que nos querido que te viven en tres horas y quiera porque el tema. El tema es importantísimo además complejo, difícil y a pues ha hecho un gran esfuerzo por sin que te sea reactuar muchísimas cosas que creo que ha sido muy benéfico para todos los que estamos hoy en esta reunión. Yo que será rebutarte en un criterio. Este. Tú dijiste a la inicio de la plática que en el artículo dos de la ley se agregó de los delitos relacionados. Que esto no viola el principio de analogía estadounidense de nuestro artículo 14 constitucional es pregunta que te hago. Y aquí hay un tema con los penalistas. Yo no soy penalista claro pero obviamente pues tengo muy buenos amigos y a les preguntamos. Y resulta que hay dos este. Principios que podrían a claro lleno un proceso en un proceso penal. O sea que alguien que fuera detenido privado su libertado iniciado una carpeta de investigación y probablemente tratar de judicializar la enujo desde control. El primero es que al decir delitos relacionados pues estás dejando abierto la la tipicidad porque en materia penal como en derecho de un excepcional. Tiene que ser un tipo específico. No existe no no se puede hacer ni por analogía ni por principio de mayoría. Entonces al decir delitos relacionados ya en un tema penal si tendría que debo el defensor. Yo quiero pensar que si lo estaría invocando y el segundo nos decían inclusive que hay un tema con lo que es pensando que se judicializara. O sea que el que ujo es dijera no no no no me importa y jalas sigue proceso. Que para efecto del juicio de amparo existe también ya jurisprudencia inclusive en materia penal. Donde se establece la prisión preventiva oficiosa y aquí me voy a meter a eso porque el delito de orpi operaciones con recursos de presidencia ilícita tradicionalmente se vincula con delitos que son graves o sea delincuensor organizaba. Que inclusive para esos temas donde la prisión preventiva debería ser oficiosa al violentarse al principio que usted acertadamente menciona doctor ni siquiera tendría que proceder la prisión preventiva oficiosa. ¿Por qué? Porque al estar se aplicando de forma analoga o de forma presunta un tipo penal que no está de forma específica se tendría que perfeccionar. Ahora hay otra teoría. La otra teoría es la que dice hoy es que los delitos no están en la ley antilavado. Los delitos están en el código penal federal específicamente parte del artículo 400 bis que es el delito de presidencia del operaciones con recursos de presidencia ilícita y en otros artículos pues está por ejemplo financiamiento del terrorismo. Entonces nos dicen ahí no hay ningún tema porque realmente la tipicidad no se está dando con base en la ley antilavado se está dando con base en el código penal federal. Yo creo que sería y se lo propongo yo a la doctora si hay pa despuésito porque sé que ya tiene formado sus trueques. Podemos invitar un par de penalistas ustedes tienen buenos amigos penalistas nosotros también es de y tener un que nos den una charla de este tema porque yo le repito doctor yo no soy penalista yo le doy la mejor constastación con el escaso conocimiento jurídico que yo tengo de la materia pero en mi opinión si podría ser un buen argumento de defensa. Aunque también reconozco que tiene una parte de razón el que dice que los tipos penal no están en esto que por lo tanto no son delitos especiales. Estos tipos penales si están en el código penal federal y por lo tanto son delitos del Fuerzo Federal digamos no pero me parece me parece una pregunta grandiosa. Gracias a ver. Ojalá y si este de la gente y nachar la sería muy interesante. Gracias y felicidades nuevamente. Al contrario muchísimas gracias doctor un gusto. Muchas gracias doctor y pues muchas gracias a todos que están en día de hoy les comentó que a inicio de me estuvimos el taller mensual precisamente con el con el doctor merino y pues fue un acharla de 3 horas verdad ahí si tuvimos 3 horas. Y tomás sí. Y tomás de 3 horas. Si tienen dudas con contacte nos atreven loco y ahí les podamos dar más información. Pues no me resta más que darle las gracias y también compartir el reconocimiento y por cierto ya que llegamos al último al último troe que ahorita vamos a darles el calendario del próximo mes pero si ya tenemos ya ya viene septiembre. Bueno pues tele se maga sin México y hagamos un troe que otorgan el presente reconocimiento a los que se les ha hecho.
al doctor David enrique Merino, teyes, por hacer un troque en la plática virtual con el tema Compliance con la reforma a la ley Biorfi el día 27 a costo de 2025 lo firmé el doctor Octavio La Torre y la Maestra de Amela Martinez. Muchísimas gracias doctor se las hemos llegado y para todos aquellos. Gracias. Muchas gracias. Que siempre nos que siempre nos acompañan. Pues el lunes tenemos nuevo troque tenemos más invitados que estarán aquí, estarán el doctor Ricardo Mendes, es muchos invitados. Entonces los esperamos el próximo lunes ya saben que son charlas gratuitas, webinars gratuitos y que el material se comparte a través de nuestro canal de WhatsApp, de TLC asociados lo pueden buscar ahí pueden descargar su reconocimiento de asistencia y también el el ibu que nos hace favor recompartir el doctor Merino. Muchísimas gracias nos vemos el próximo lunes que pasen excelente si resenman. Saludo. No es de lo que podrías mandar mi esta presentación a mi correo al chat. Se la hago llegar doctor claro que sí. Gracias nos vemos el lunes. Hasta luego hasta luego. Gracias. Hemos llegado al final de nuestro episodio de hoy. Muchas gracias por escucharnos. Esto fue Agamos Un Troque, el podcast de Telese Magas y México. Si te gustó el episodio no olvides compartirlo en tus redes sociales. Además puedes encontrar todos nuestros episodios a través de Spotify, Apple Podcast o nuestra página www.telessemagasinfoca.com en México.toc.mex en la sección de podcast. Si estás interesado en algún tema específico o se te hace complicado el buen tema envía a los un inbox, mensaje o whatsapp y con gusto buscaremos al experto ideal para aclarar todos tus llores.
Podcast Summary
Key Points:
La reforma a la ley financiera mexicana fortalece la estabilidad del sistema y la protección de la economía nacional, alineándose con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
Se introduce y define la figura del "beneficiario controlador" (persona física con control efectivo o beneficio de una entidad), con umbral reducido al 25% del capital social, y se establecen obligaciones de identificación para sujetos obligados.
La ley clasifica los sectores bajo supervisión en
Se amplía el alcance de "delitos relacionados" más allá del financiamiento al terrorismo, incluyendo otros como trata de personas, para procesar lavado de dinero de manera más integral.
Se establecen nuevas obligaciones como la designación de un "representante encargado de cumplimiento" para actividades vulnerables, la evaluación de riesgos y la debida diligencia en la relación con clientes y usuarios, incluyendo Personas Políticamente Expuestas (PEPs).
Summary:
La transcripción detalla una exposición sobre una reforma legal mexicana en materia de prevención de lavado de dinero. El objetivo central es fortalecer la estabilidad del sistema financiero y proteger la economía nacional, implementando recomendaciones internacionales del GAFI. Una innovación clave es la figura del "beneficiario controlador", definido como la persona física que tiene el control efectivo o se beneficia de una entidad, con obligaciones estrictas de identificación por parte de los sujetos obligados, como notarios, abogados y aseguradoras.
La reforma amplía el concepto de "delitos relacionados" para incluir una gama más amplia de ilícitos conexos al lavado de activos. Además, se explica la clasificación de los sectores supervisados y se introducen nuevas exigencias, como la designación de un responsable de cumplimiento para actividades vulnerables, la gestión de riesgos y protocolos específicos para clientes y usuarios, en particular para las Personas Políticamente Expuestas (PEPs). La exposición, de tono técnico, también aborda dudas prácticas sobre la aplicación de estas normas.
Intercalados en el texto, hay fragmentos narrativos en inglés que parecen relatar una experiencia personal de violencia, culminando con un mensaje de apoyo contra la violencia doméstica y de género, aunque este contenido no se desarrolla en la parte principal de la disertación jurídica.
FAQs
Es la persona física que tiene el uso, disfrute o control efectivo de bienes o servicios de una entidad, o quien ejerce control sobre decisiones clave, como poseer más del 25% del capital social.
El cliente es quien celebra el contrato con una institución, mientras que el usuario es quien utiliza los servicios sin ser el titular, como en el caso de tarjetas de crédito adicionales.
Son individuos que desempeñan o han desempeñado cargos públicos en los últimos dos años, así como sus familiares cercanos, y están sujetos a medidas de debida diligencia reforzada.
Los sujetos obligados deben identificar al beneficiario controlador de sus clientes, aplicando cuestionarios de 'conoce a tu cliente' y registrando la información correspondiente según la ley.
Se amplió la definición para incluir delitos conexos al lavado de dinero, como trata de personas o robo de combustibles, no limitándose solo al financiamiento al terrorismo.
Es la figura equivalente al oficial de cumplimiento en el sector financiero, responsable de implementar medidas de prevención en entidades no bancarias designadas.
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